Breve guía para comprar electricidad

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1. Compra directa: Comprar en el mercado de la electricidad. Una empresa sólo, difícilmente puede hacerlo, pero un grupo de empresas no muy numeroso y que represente mucho consumo tiene buenas opciones en la compra directa. Hay varias opciones, siendo una mezcla de algunas una buena opción:
a. Comprar en el mercado eléctrico mayorista (Pool)
b. Comprar directamente a Generadores de electricidad (con aviso a OMEL, el Operador del Mercado)
c. Comprar a ATR (distribución)
d. Comprar directamente a comercializadoras (como grupo de gran consumo) negociando cada periodo independientemente.

Para poder realizar este tipo de compra hay que estar cualificado, lo que incluye presentar unos fuertes avales.

2. Grupo de compra: Es parecido al punto 1 en el sentido de que un grupo de consumidores de agrupa para comprar electricidad, solo que aquí en este caso hablamos de mucho suministros o no un gran consumo, lo que dificulta más aun realizar una compra directa. En este caso se negocia con cada comercializadora unos precios para todo el grupo.
¿Se consiguen buenos precios de esta forma? Realmente hay que tener en cuenta que las comercializadoras no operan con grandes márgenes de beneficio. Es decir, que no venden la electricidad mucho más cara de lo que la compran, por lo que no pueden ofrecer unos grandes descuentos a un grupo de empresas a no ser que representen en conjunto unos consumos realmente grandes (estaríamos entonces en el punto 1). He decir que la diferencia entre el punto 2 y el punto 3 es inexistente en caso de contar con un asesoramiento energético como el que yo realizo.

3. Personalización: El caso más fácil y común de comprar electricidad: pides precios para tu suministro a cada comercializadora y eliges la que quieres de las que te oferten. A más consumo anual más bajos suelen ser los precios.

(Autor: Pablo Beret)

Industria estudia distribuir en tres años las subidas de la luz para contener el déficit tarifario

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El futuro acuerdo para eliminar la diferencia entre ingresos y costes de la energía contempla un bono social asociado a la renta y trasladar a los presupuestos del Estado parte de la tarifa eléctrica

El Ministerio de Industria trabaja con las compañías eléctricas en un acuerdo para eliminar el déficit de tarifa -diferencia entre ingresos y costes de la energía- que incluiría la posibilidad de distribuir en tres años las subidas en el recibo de la luz necesarias para acabar con el desajuste, indicaron fuentes del sector.

Las fuentes señalan que las conversaciones con las eléctricas están avanzadas y que se asientan sobre tres principios de acuerdo: subidas de tarifas, un bono social para potencias de menos de 4,4 kilovatios (kW) asociado a la renta y traslado a los Presupuestos Generales del Estado (PGE) de algunas de las partidas de la tarifa eléctrica no relacionadas con el suministro.

Sobre las subidas, se han barajado incrementos de entre el 8% y el 10% durante los próximos tres años, de modo que al final del periodo se cumpla la reivindicación de Unesa y de la CNE de incrementos de cerca del 30% que impidan que siga aumentando la deuda eléctrica. No obstante, el ministro de Industria, Miguel Sebastián, desmintió hoy que vayan a producirse subidas de esta magnitud a partir de enero y condicionó cualquier incremento a que se alcance una solución sobre el déficit tarifario con las compañías eléctricas.

En cuanto al bono social de la luz, las compañías han ofrecido al ministro sustituir la actual tarifa social por esta modalidad, que se concederá a las rentas bajas y que, de manera temporal, será sufragada por las propias eléctricas. Este bono tendría en cuenta aspectos como la renta de los consumidores y el número de integrantes del domicilio. Además, eleva de 3 a 4,4 kW la potencia mínima fijada en la tarifa social y se asemeja a la reivindicación de varias asociaciones de consumidores y de la propia Comisión Nacional de la Energía (CNE) de que la tarifa para rentas bajas vaya asociada a algún indicador de ingresos como el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).

Partidas sujetas a traslado

Las compañías piden al Gobierno que traslade a los PGE algunas partidas de la tarifa eléctrica no relacionadas con el suministro, entre ellas las primas a las renovables, los costes extrapeninsulares, el fomento a la eficiencia o algunos impuestos como el IVA o el impuesto eléctrico. Sobre el IVA, la posición de las empresas contempla una rebaja de esta partida del 16% al 7% que reduciría en torno a 1.000 millones de euros el desajuste del sector eléctrico.

Los costes extrapeninsulares rondan los 1.400 millones anuales, mientras que los impuestos a la electricidad, que recaudan las comunidades autónomas, suponen otros 1.700 millones. El fomento a la eficiencia ronda los 275 millones, mientras que las primas a las renovables supusieron durante 2007, según la patronal AEE, cerca de 950 millones. La deuda eléctrica ha crecido de forma exponencial en los últimos años y rondará a finales de año los 15.700 millones en términos acumulados. En 2009, el importe acumulado podría alcanzar los 22.500 millones.

Como parte de la negociación entre Industria y las eléctricas, está por ver si el Gobierno concederá avales de Estado al déficit que se coloca entre los bancos en las subastas 'ex ante' y si las compañías se mostrarán flexibles con los consumidores del G.4 -cinco fábricas de Alcoa, ArcelorMittal y Asturiana de Zinc-, cuya tarifa se liberalizará a partir del 1 de enero.

El Ministerio de Industria envía a la CNE el borrador de Real Decreto que regula el Suministro de Último Recurso de electricidad

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* A partir del 1 de julio de 2009 las tarifas integrales de energía eléctrica quedan sustituidas por las Tarifas de Último Recurso (TUR).
* Las TUR serán precios máximos establecidos por la administración para determinados consumidores, para quienes el suministro eléctrico se concibe como servicio universal.
* El suministro a tarifa deja de formar parte de la actividad de distribución y pasa a ser ejercido por los comercializadores en libre competencia siendo los consumidores quienes eligen libremente a su suministrador.
* La propuesta de real decreto va acompañada de una orden ministerial que regula de manera ordenada la transición al nuevo marco regulatorio.

Según el borrador enviado a la CNE, podrán acogerse a tarifas de último recurso los consumidores de energía eléctrica conectados en baja tensión cuya potencia contratada sea inferior o igual a 15 KW. Se adelanta así el calendario del suministro de último recurso y se reduce el límite de potencia establecido en la Ley del Sector Eléctrico.

La comercialización de último recurso la llevarán a cabo los comercializadores de último recurso. Se trata de una actividad libre en la que se añade la obligación de suministro a determinados consumidores de baja tensión a un precio máximo. Sobre estos precios máximos, los propios comercializadores de último recurso, así como el resto de comercializadores libres, podrán ofrecer descuentos a los clientes.

El borrador de real decreto propone la designación como comercializadores de último recurso a aquellas empresas con medios técnicos suficientes para poder garantizar el suministro y la atención a estos clientes. Estos comercializadores deberán llevar a cabo la actividad con separación de cuentas, diferenciándola de la actividad de comercialización sin obligaciones.

Hasta la implantación de la TUR se establece un periodo de seis meses, desde el 1 de enero de 2009, durante el cual se mantiene el actual suministro a tarifa por parte de las empresas distribuidoras.

A partir del 1 de julio de 2009, los consumidores a quienes sea de aplicación el suministro de último recurso deberán optar por la comercializadora que desean que les pase a suministrar, ya sea libre o de último recurso.

Con objeto de que el traspaso al suministro de último recurso sea compatible con el fomento de la competencia, durante el período transitorio, las empresas distribuidoras tendrán la obligación de informar al consumidor del listado de empresas comercializadoras de último recurso disponibles, incluyendo tanto las de su grupo empresarial como las de los competidores. También se fija la obligación a la CNE de que publique dicho listado en su página web.

Igualmente, se propone la metodología de cálculo y revisión de las tarifas de último recurso. Dado que estas tarifas son precios máximos a aplicar por el comercializador de último recurso, que realiza una actividad libre, se asegurará que estos precios incluyen todos los costes. Así, de acuerdo con el artículo 17 de la Ley del Sector Eléctrico, el cálculo de la tarifa de último recurso deberá incluir el coste de la energía, los peajes de acceso y el margen comercial.

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio deberá fijar su estructura así como el mecanismo de cálculo del coste de la energía a incluir en las mismas. Para asegurar su aditividad a lo largo del año, la norma establece la obligación de revisarlas trimestralmente recogiendo las variaciones del coste de la energía.

(Fuente: Ministerio de Industria)

El Gobierno dejará sin tarifa eléctrica a 600.000 pymes a partir de julio

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El Ministerio de Industria tiene preparados los textos legales que regularán la tarifa eléctrica de último recurso (TUR), la única que permite la directiva comunitaria del sector, que fue transpuesta a la ley española en julio de 2007. En el caso del España, el Gobierno ha optado por mantener el paraguas protector de la tarifa (mediante la fijación de un precio máximo trimestral) sólo para los consumidores con potencia inferior a 15 kW, lo que dejará fuera a algo más de 600.000 pymes que están conectadas en baja tensión pero con una potencia superior a dicho límite.

Teniendo en cuenta que la desaparición de la tarifa de la gran industria el pasado mes de julio ha provocado serios estragos (según las compañías asociadas a AEGE el precio de la electricidad se les ha encarecido más de un 50%), todo apunta a que la nueva medida que va a afectar a las pymes será también contestada por las afectadas.

Esta limitación supone que, aunque el número de pequeños consumidores ronda los 25 millones (medido en puntos de suministro), sólo van a permanecer en la llamada TUR el equivalente a un 30% del consumo. De esta manera, el Gobierno podrá frenar la acumulación de déficit de tarifa (a menos tarifa, menos déficit), que ya supera los 14.000 millones de euros.

Según la propuesta de real decreto que regula la puesta en marcha del suministro de último recurso, éste 'dejará de formar parte de la actividad de distribución', según exige la directiva comunitaria. Esta actividad la ejercerán en solitario los llamados comercializadores de último recurso 'en libre competencia'. Algo que sorprende si se tiene en cuenta que, según la propuesta normativa, sólo podrán desempeñar esta función las cinco empresas que integran Unesa: Endesa, Iberdrola, Hidrocantábrico, Unión Fenosa y Eon-Viesgo. En Canarias y Baleares, la lista, que en todos los casos se revisará cada cuatro años, se limita a Endesa.

En definitiva, a partir de julio, los consumidores podrán elegir comercializador a tarifa (y no podrán cambiarse en un año), pero dentro de esta lista limitada de los cinco grandes. El comercializador de estos grupos debe mantener las cuentas separadas. El real decreto, que va acompañado de una orden ministerial que regula el traspaso de los clientes de la actual tarifa a la TUR, incluye la metodología de cálculo para revisar de forma automática el precio máximo cada trimestre. En este cálculo se sumarán los costes de producción de electricidad; los peajes de acceso a las redes que correspondan y los costes de comercialización.

Los comercializadores independientes, como Céntrica o Nexus Energía, han recibido con satisfacción que el Gobierno haya reducido el límite de potencia a 15 kW, pues se amplía así el mercado libre en el que operan. Existía el temor de que el Gobierno aplicara el criterio de empleados o facturación (50 empleados y 10 millones de euros anuales) de las pymes con derecho a tarifa que permite la directiva comunitaria.

Sin embargo, estas empresas tienen dudas de si el techo de esta tarifa les permitirá competir. Para Jordi Sarrias, director general de Nexus, 'las TUR no deberían ser deficitarias', por lo que 'los consumidores deberán pagar lo que verdaderamente cuesta el suministro'.

Por su parte, Alfredo Huertas, director de regulación de Céntrica, considera que si no se aplica la aditividad que establece la ley, 'los comercializadores independientes, que son los que dinamizan el mercado, permanecerán 'con el freno echado'. Se debe evitar, en su opinión, las subvenciones, pues les hará creer 'que la tarifa no se jubila, sino que pasa a la reserva activa y que, por tanto, pueden volver en cualquier momento en su versión anticompetitiva'.

(Carmen Monforte - www.cincodias.com - 17/11/2008)

Novedades mercado eléctrico 2009

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Desaparición de tarifas generales reguladas el 1 de enero

Según las últimas noticias a las que he tenido acceso desde Madrid, se habla de una prorroga del mercado regulado en baja tensión hasta el 1 de abril de 2009, es decir, una prorroga de 3 meses sobre la fecha fin establecida para el fin de las tarifas generales reguladas tal como se estableció en la LEY 17/2007 de 4 de julio.
A cambio, se va a proponer que a partir del 1 de enero de 2010, tan sólo podrán permanecer acogidos a las tarifas de último recurso (T.U.R.) los suministros de baja tensión con una potencia igual o menos a 15 kW (antes era hasta 50 KW) es decir, sólo suministros domésticos.

Resumiendo: se amplian 3 meses el plazo para buscar comercializador en mercado libre eléctrico pero se acortan drásticamente los plazos para permanecer en la tarifa de último recurso



Nuevas tarifas

Si el mercado regulado de baja tensión se prorroga hasta abril de 2009, implica que habrá revisión de precios a partir del 1 de enero de 2009. Según la misma fuente, se prevé mantener las tarifas actuales durante el primer trimestre de 2009, a costa de eliminar del precio regulado cargas como la moratoria nuclear o los derechos de emisión (que se recuperarían por otro lado). De esta forma se cubriría de sobra el déficit tarifario (el gobierno no tiene dinero ni crédito bancario para pagar lo que debe a las energéticas por este deficit) y se cubre políticamente las espaldas manteniendo los precios en época de crisis para contento del ciudadano. Jugada redonda.

La Comisión Nacional de la Energía propone una subida de la tarifa eléctrica del 31%

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El Consejo de la Comisión Nacional de la Energía (CNE) ha aprobado su propuesta de revisión de tarifas eléctricas para el primer trimestre de 2009 en la que propone una subida media de las tarifas integrales, las que usan principalmente los consumidores domésticos, del 31%, informó el organismo.

El organismo recomienda que las tarifas de acceso, las que tienen los consumidores que se abastecen mediante un comercializador en el mercado libre, se incrementen entre un 62,8 por ciento (alta tensión) y un 93,2 por ciento (baja tensión).

La CNE explica que sus cálculos sobre las subidas se han basado en los principios de aditividad y suficiencia para que las nuevas tarifas reflejen todos los costes del sistema y no generen el denominado déficit tarifario.

Endesa lanza una tarifa de riesgos con importantes ahorros para el sector agrícola

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ENDESA ha lanzado una nueva tarifa en Media Tensión en el mercado liberalizado, dirigida a los agricultores que podrán conseguir importantes ahorros en la factura energética. En relación con la tarifa regulada propuesta para este tipo de contratos, tras la reciente liberalización del mercado en Media Tensión, se podrán alcanzar unos descuentos medios de en torno al 50% en el término fijo de la factura, referido a la potencia contratada, y de un 25% en el consumo.

La nueva "Tarifa Óptima Riegos", se estructura en períodos horarios por lo que los regantes podrán obtener importantes descuentos en las horas valle y en los consumos de fines de semana y festivos nacionales, donde el coste de la energía es menor.

El objetivo de Endesa con esta nueva tarifa -que supone importantes beneficios económicos para los regantes, especialmente de Andalucía que es la comunidad con mayor concentración, dentro del mercado de la Compañía, con este perfil- es reducir el importante incremento de precios que ha supuesto para el sector agrícola la supresión de la tarifa de riegos R.1., tras la entrada en vigor el pasado 1 de julio de la nueva normativa que suprime la tarifa regulada de Media Tensión.

El plazo de contratación de esta nueva tarifa, que ya está disponible y supone una de las opciones más competitivas del actual mercado eléctrico liberalizado, finaliza el próximo 30 de septiembre. Además, para contratar esta tarifa no es necesario realizar ningún cambio en la instalación y no tiene ningún coste para el cliente que la suscriba.

A través del Servicio de Atención a Empresas en el 902 316 310, los técnicos comerciales de Endesa informarán a los clientes que estén interesados en esta propuesta.

Fuente: www.agendaempresa.com

Nota: Tras llamar al Servicio de Atención a Empresas de Endesa y a un gestor comercial de la zona de Huelva no se ha podido confirmar esta noticia. Es posible que se trate de un error confundiendo la "Tarifa Óptima Fin de Semana" que ya existe desde hace varios meses.

Cómo optimizar su suministro de riego

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He aquí una pequeña guía para optimizar y paliar (en parte) la fuerte subida de la electricidad tras la desaparición de las tarifas de riego y del mercado regulado en media tensión.



-Para todos los suministros:

La subida más fuerte para los riegos ha sido en el Término de Potencia. Este concepto, que es una cuto fija que pagamos por la potencia que tenemos contratada está regulado por el gobierno (tanto en mercado libre como regulado) y en los riegos estaba subvencionado. Con la desaparición de las tarifas de riego y la inclusión de estos suministros en las tarifas generales, este Término de Potencia ha inflado los precios. Por lo tanto el primer paso es optimizar este parámetro.

¿Cómo optimizo el Término de Potencia?

En primer lugar debes de tener un “modo de facturación tipo 4”. Esto significa que debes tener un maxímetro para cada periodo (Punta, Llano y Valle). Si estás en mercado libre, ya lo tienes. Si estás en mercado regulado y en tu factura sólo aparece un maxímetro, debes llamar a tu distribuidora y contratarlo.
La contratación es rápida y sencilla: la distribuidora hace una simple reprogramación del contador. Si es en alquiler no pagas nada. Si aun tienes un contador mecánico debes solicitar uno nuevo digital en alquiler.

Ya tenemos 3 maxímetros… ¿y ahora qué? Ahora podemos contratar DISTINTAS potencia en cada periodo. La clave es contratar en P1 (Punta) y P2 (Llano) una potencia mínima (5 kW ó 10 kW) y en P3 (Valle) la potencia que vamos REALMENTE a demandar. Esto quiere decir que se acabó regar en horas fuera de Valle. Lo mejor que puedes hacer es poner temporizadores a las bombas para regar sólo en estos periodos, donde además conviene por motivos de evaporación como ya sabes. Pero ojo, revisa cuales son tus horas Valle. Si estás en mercado regulado quizás tengas una DH4, con lo que tienes horas Valle los fines de semana completos además de las noches. Si tienes una DH3 sólo puedes regar por la noches, así que aprovecha y solicita también el cambio de DH4 a tu distribuidora (otra simple reprogramación). Si estás en mercado libre es casi seguro que estés en DH3 (salvo algunos contratos de Endesa). No se puede cambiar la DH en mercado libre, así que sólo puedes regar de noche. Usa temporizadores.

¿Dejo en Valle la potencia que tenía antes? No. Por un motivo, debes optimizar este término de forma que consigamos el mejor ahorro posible. He visto regantes con 4 bombas de 200 kW y una potencia contratada de 800 kW… ¿alguna vez habían puesto las 4 bombas a la vez? NUNCA. De hecho casi nunca encendían más de una. Por lo tanto, nuestra potencia a contratar en Valle debe de ser la que vamos a demandar realmente, un poco inflada por encima para tener mayor margen de maniobra. Recuerda que normalmente es mejor pagar unos recargos por excesos de potencia 1 ó 2 meses que estar durante todo el año pagando una potencia contratada alta.

Ya tenemos la potencia y DH optimizada. Hablemos ahora de mercado libre.

-Suministros de Baja Tensión (R.0):

Ahora mismo lo mejor es permanecer en mercado regulado. Huye de las comercializadoras que prometen descuentos porque no hay precios en el mercado que mejoren la tarifa general 3.0.2, y si la mejoran es en base a otras deficiencias.

Por lo tanto, si eres un riego de baja tensión optimiza tu potencia y DH tal como se ha analizado en el primer apartado y quédate en mercado regulado de momento. En enero ya veremos que pasa.

-Suministros de Media Tensión (R.1, R.2 …):

Si no estás en mercado libre aun hay que pasarse ya. Los precios son altos, ya lo sabemos, pero te van a aplicar la tarifa de baja tensión 3.0.2 con un 5% de incremento cada mes… no compensa seguir así.

Yo ya estoy en Mercado libre, ¿qué hago?

Optimiza tu potencia y DH según se explicó en el apartado primero. Si tienes un contrato “Tarifa Óptima FS” con Endesa estás en DH4 y puedes regar los fines de semana. Si tienes otro tipo de contrato con Endesa o con otra Comercializadora, es casi seguro que tengas una DH3 y por tanto sólo puedes regar de noche.

Si necesitas más de 450 kW de potencia entonces estarás a 6 periodos. La forma de optimizar tu potencia es la misma: baja al mínimo los periodos caros y deja optimizada P6 (por estar en 6 periodos incluye además el mes de agosto completo). Si tienes alguna duda pide los horarios a tu compañía.

¿Con quién firmo en Mercado Libre?

Pues depende de la oferta. Si riegas los fines de semana y estás muy interesado en seguir así la única oferta viable es la “Tarifa Óptima FS” de Endesa. No es una oferta mala del todo, pero tiene el Término de Potencia inflado.
Si puedes acogerte a una DH3 HC Energía suele pasar precios aceptables. Pide ofertas también a Unión Fenosa e Iberdrola, aunque no creo que mejoren la oferta de HC Energía.
Vigila que sean precios que se mantienen constantes durante 12 meses (salvo componentes regulados). Hay algunas ofertas que suben el IPC en enero. Al compararlas ten en cuenta también que algunas llevan incluido el impuesto eléctrico (5,1127%) y otras no. Analízalas todas bajo las mismas condiciones, y presta atención especial al precio de P3 (ó P6 si tienes más de 450 kW) ya que será el periodo donde más consumas.

(Autor: Pablo Beret)

¿Desaparecen las tarifas de riego? Comentario de la última Circular de FENACORE

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La Federación Nacional de Comunidades de Regantes de España (FENACORE) ha enviado una circular a todas las entidades federadas explicando lo que han conseguido tras negociar con el Ministerio de Industria las tarifas eléctricas.

Recordamos que desde el 1 de julio han desaparecido las tarifas de riego (tanto B.T. como A.T.) y los suministros genéricos de Alta Tensión debían pasarse a Mercado Libre obligatoriamente, por lo que los suministros de Riego de Alta Tensión (tarifa R.1) tenían un enorme aumento de precios debido principalmente en el Término de Potencia que era el más afectado.

FENACORE dice que próximamente aparecerá una corrección del último ITC en el B.O.E. con las siguientes características:

- Se prorrogan las tarifas de riego de Baja Tensión hasta finales de septiembre (tarifas R.0) aumentando mensualmente el Término de Potencia a partir de octubre.

- Para los suministros de Riego de Alta Rensión (R.1) se está estudiando la contratación temporal en Mercado Libre con una Discriminación Horaria tipo 4 (los fines de semana cuentan como horas Valle). Hasta ahora solo Endesa ofertaba en Mercado Libre con una DH4, aunque los precios no eran precisamente buenos.

- Se negocian Convenios Marco de Colaboración con las comercializadoras para obtener precios mejores que los de mercado para Comunidades de Regantes (ya hay algo escrito de Iberdrola).

- Hoy día 17 de Julio hay un reunión extraordinaria en Madrid de la Junta Directiva para tratar estos asuntos.

Orden ITC/1857/2008 de 26 de junio

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Lo más destacable de la Orden ITC/1857/2008 de 26 de junio:

- Se revisan los precios de las tarifas de suministro para la venta de energía eléctrica que aplican las empresas distribuidoras a partir del 1 de julio del 2008. Este incremento supone una subida media del 5,6 %.

- Se mantienen los valores de las tarifas de acceso.

- Se procede a la actualización trimestral, a partir del 1 de julio de 2008, de las tarifas y primas para las instalaciones de producción de energía en régimen especial (cogeneración) de los subgrupos a.1.1 y a.1.2 y del grupo c.2 según se dispone en la disposición transitoria segunda del R.D. 661/2007.

- Se obliga a los distribuidores a comunicar a los consumidores de la obligación que tienen éstos de instalar Interruptores de Control de Potencia (ICP). Si a los 20 días de la segunda notificación de esta información no se recibe respuesta, las distribuidoras facturarán una tarifa y una potencia contratada superior a la que se tiene contratada, según establece esta Orden.

- Se crea la tarifa social (Tarifa S), en la cual no de facturará el término de potencia. Los requisitos para acogerse a esta tarifa son: que el suministro esté destinado a la vivienda habitual del titular, la potencia contratada sea inferior a 3 kW y se tenga instalado (o solicitado) el correspondiente ICP.

- Tras la aplicación en lo dispuesto en las disposiciones transitorias primera y segunda del R.D. 871/2007, de 29 de junio, donde se establecía la desaparición de las Tarifas generales de Alta Tensión (x.1), tarifas de Riego (R.x) y tarifa nocturna 2.0N, se establece lo siguiente:

1. La energía eléctrica consumida por los consumidores acogidos a tarifas generales de alta tensión, tarifa horaria de potencia y tarifas de riegos de alta tensión que no hayan suscrito un contrato en mercado libre, a partir del 01 de julio la energía suministrada le será facturada el primer mes al precio de la tarifa 3.0.2, con el complemento de energía reactiva y tipo de discriminación horaria que tuviera contratada. Dicho precio se incrementará mensualmente un 5 %.

2. Los consumidores acogidos a las tarifas de baja tensión, tarifa nocturna 2.0N y R.0, desde el 01 de julio de 2008, pasarán a facturarse automáticamente a la tarifa de baja tensión correspondiente a su potencia contratada con aplicación de la distribución horaria.

Los consumidores con tarifa 2.0N con discriminación horaria tipo 0 y los de tarifa R.0 con potencia contratada hasta 15 kW, dispondrán de un periodo de 3 meses para la adaptación de los equipos de medida a lo establecido para las tarifas de baja tensión.