Orden ITC/3519/2009 de 28 de diciembre

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ORDEN ITC/3519/2009, de 28 de diciembre, por la que se revisan los peajes de acceso a partir de 1 de enero de 2010 y las tarifas y primas de las instalaciones del régimen especial.

-   Se revisan las distintas tarifas de acceso, suponiendo éstas un incremento de:

Baja Tensión:

Subida julio'09 - Enero'10
2.1 A
3.0 A
sin DH
con DH
P1
P2
P3
P1
P1
P2
T. Pot.
22,0%
21,0%
21,0%
21,0%
T. Energía
22,0%
22,0%
22,0%
20,0%
15,0%
10,0%

            Alta Tensión:

Subida julio'09 - Enero'10
3.1.A



P1
P2
P3



T. Pot.
20,0%
20,0%
20,0%



T. Energía
20,0%
20,0%
10,0%

















Subida julio'09 - Enero'10
6.1
P1
P2
P3
P4
P5
P6
T. Pot.
24,0%
24,0%
24,0%
24,0%
24,0%
24,0%
T. Energía
50,0%
35,0%
25,5%
10,0%
10,0%
0,0%














Subida julio'09 - Enero'10
6.2
P1
P2
P3
P4
P5
P6
T. Pot.
24,0%
24,0%
24,0%
24,0%
24,0%
24,0%
T. Energía
50,0%
35,0%
25,5%
10,0%
10,0%
0,0%


-   Para las distintas tarifas de acceso, y de forma estimativa, podemos decir que hay un incremento medio de la facturación de: entre un 4 y un 7 % para clientes con tarifa de acceso 3.0A y entre un 5 y un 8 % para clientes en Alta Tensión (3.1A, 6.1 y 6.2).

-   Los recargos por energía reactiva se han incrementado según el Cos φ:

Factor Multiplicador Reactiva
Valor cos φ
jul-09
ene-10
Aumento
0,95<= cos φ<=1
0,000000
0,000000
0,0%
0,90<= cos φ <0,95
0,000013
0,041554
319.546,2%
0,85<= cos φ <0,90
0,017018
0,041554
144,2%
0,80<= cos φ <0,85
0,034037
0,041554
22,1%
cos φ <0,80
0,051056
0,062332
22,1%




 

 

 

 

 




-   Con carácter general, para los consumidores que carezcan de contrato en Mercado Libre y no tengan derecho a acogerse a la TUR (Suministros por encima de 10 kW), se actualizan los plazos establecidos en la Orden ITC/1659/2009, quedando de la siguiente manera:

-         Consumidores de Alta Tensión que a 31 de diciembre del 2009 estén siendo suministrados por un comercializador de último recurso, podrán seguir en esta situación hasta el 31 de diciembre de 2010 y el precio aplicable será la TUR incrementado en un 20%.

-         Consumidores de Baja Tensión que a 30 de septiembre del 2010 estén siendo suministrados por un comercializador de último recurso, podrán seguir siendo suministrados por éste hasta el 31 de diciembre de 2010 y el precio aplicable será la TUR incrementado en un 20%.



Si el 1 de enero del 2011 los consumidores a los que se refiere los dos puntos anteriores no han procedido a contratar en Mercado Libre, se considerará rescindido el contrato entre consumidor y comercializador de último recurso.


-        Según la Resolución de 29 de diciembre de 2009, de la Dirección Gral. de Política Energética y Minas, los precios establecidos para la Tarifa de Último Recurso para el primer semestre del 2.010 suponen un incremento medio de un 2,64 %.

-         Se actualizan los precios de los derechos de acometida y demás actuaciones para atender los requerimientos de los suministros.

-         Para instalaciones en régimen especial se actualizarán las tarifas, primas y en su caso límites superior e inferior, para su aplicación a partir del 1 de enero de 2.010, de las instalaciones de los subgrupos a.1.3 y a.1.4, del grupo a.2, de las instalaciones de la categoría b), del subgrupo a.1.3, y de la disposición transitoria décima y de las instalaciones de los grupos c.1, c.3 y c.4, de acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria décima del R.D 661/2007, del 25 de mayo, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en este tipo de instalaciones.


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