ORDEN ITC/3519/2009, de 28 de diciembre, por la que se revisan los peajes de acceso a partir de 1 de enero de 2010 y las tarifas y primas de las instalaciones del régimen especial.
- Se revisan las distintas tarifas de acceso, suponiendo éstas un incremento de:
- Se revisan las distintas tarifas de acceso, suponiendo éstas un incremento de:
Baja Tensión:
Subida julio'09 - Enero'10 | ||||||
sin DH | con DH | P1 | P2 | P3 | ||
P1 | P1 | P2 | ||||
T. Pot. | 22,0% | 21,0% | 21,0% | 21,0% | ||
T. Energía | 22,0% | 22,0% | 22,0% | 20,0% | 15,0% | 10,0% |
Alta Tensión:
Subida julio'09 - Enero'10 | 3.1.A | |||||
P1 | P2 | P3 | ||||
T. Pot. | 20,0% | 20,0% | 20,0% | |||
T. Energía | 20,0% | 20,0% | 10,0% | |||
Subida julio'09 - Enero'10 | 6.1 | |||||
P1 | P2 | P3 | P4 | P5 | P6 | |
T. Pot. | 24,0% | 24,0% | 24,0% | 24,0% | 24,0% | 24,0% |
T. Energía | 50,0% | 35,0% | 25,5% | 10,0% | 10,0% | 0,0% |
Subida julio'09 - Enero'10 | 6.2 | |||||
P1 | P2 | P3 | P4 | P5 | P6 | |
T. Pot. | 24,0% | 24,0% | 24,0% | 24,0% | 24,0% | 24,0% |
T. Energía | 50,0% | 35,0% | 25,5% | 10,0% | 10,0% | 0,0% |
- Para las distintas tarifas de acceso, y de forma estimativa, podemos decir que hay un incremento medio de la facturación de: entre un 4 y un 7 % para clientes con tarifa de acceso 3.0A y entre un 5 y un 8 % para clientes en Alta Tensión (3.1A, 6.1 y 6.2).
- Los recargos por energía reactiva se han incrementado según el Cos φ:
Factor Multiplicador Reactiva | |||
Valor cos φ | jul-09 | ene-10 | Aumento |
0,95<= cos φ<=1 | 0,000000 | 0,000000 | 0,0% |
0,90<= cos φ <0,95 | 0,000013 | 0,041554 | 319.546,2% |
0,85<= cos φ <0,90 | 0,017018 | 0,041554 | 144,2% |
0,80<= cos φ <0,85 | 0,034037 | 0,041554 | 22,1% |
cos φ <0,80 | 0,051056 | 0,062332 | 22,1% |
- Con carácter general, para los consumidores que carezcan de contrato en Mercado Libre y no tengan derecho a acogerse a la TUR (Suministros por encima de 10 kW), se actualizan los plazos establecidos en la Orden ITC /1659/2009, quedando de la siguiente manera:
- Consumidores de Alta Tensión que a 31 de diciembre del 2009 estén siendo suministrados por un comercializador de último recurso, podrán seguir en esta situación hasta el 31 de diciembre de 2010 y el precio aplicable será la TUR incrementado en un 20%.
- Consumidores de Baja Tensión que a 30 de septiembre del 2010 estén siendo suministrados por un comercializador de último recurso, podrán seguir siendo suministrados por éste hasta el 31 de diciembre de 2010 y el precio aplicable será la TUR incrementado en un 20%.
Si el 1 de enero del 2011 los consumidores a los que se refiere los dos puntos anteriores no han procedido a contratar en Mercado Libre, se considerará rescindido el contrato entre consumidor y comercializador de último recurso.
- Según la Resolución de 29 de diciembre de 2009, de la Dirección Gral. de Política Energética y Minas, los precios establecidos para la Tarifa de Último Recurso para el primer semestre del 2.010 suponen un incremento medio de un 2,64 %.
- Se actualizan los precios de los derechos de acometida y demás actuaciones para atender los requerimientos de los suministros.
- Para instalaciones en régimen especial se actualizarán las tarifas, primas y en su caso límites superior e inferior, para su aplicación a partir del 1 de enero de 2.010, de las instalaciones de los subgrupos a.1.3 y a.1.4, del grupo a.2, de las instalaciones de la categoría b), del subgrupo a.1.3, y de la disposición transitoria décima y de las instalaciones de los grupos c.1, c.3 y c.4, de acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria décima del R.D 661/2007, del 25 de mayo, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en este tipo de instalaciones.
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