Resolución de 26 de junio de 2009 de la Secretaría de Estado de Energía

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Resolución de 26 de junio de 2009, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se determina el procedimiento de puesta en marcha del bono social.

A partir del 1 de julio de 2009 tendrán derecho al bono social los consumidores, que siendo personas físicas, acrediten una de las siguientes circunstancias:

- Consumidores con potencia contratada en su primera vivienda menor a 3 kW.
- Consumidores con 60 o más años de edad que acrediten ser pensionistas.
- Consumidores que acrediten ser familias numerosas.
- Consumidores que acrediten formar parte de una unidad familiar que tenga todos sus miembros en situación de desempleo.

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