El Ministerio de Industria envía a la CNE el borrador de Real Decreto que regula el Suministro de Último Recurso de electricidad

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* A partir del 1 de julio de 2009 las tarifas integrales de energía eléctrica quedan sustituidas por las Tarifas de Último Recurso (TUR).
* Las TUR serán precios máximos establecidos por la administración para determinados consumidores, para quienes el suministro eléctrico se concibe como servicio universal.
* El suministro a tarifa deja de formar parte de la actividad de distribución y pasa a ser ejercido por los comercializadores en libre competencia siendo los consumidores quienes eligen libremente a su suministrador.
* La propuesta de real decreto va acompañada de una orden ministerial que regula de manera ordenada la transición al nuevo marco regulatorio.

Según el borrador enviado a la CNE, podrán acogerse a tarifas de último recurso los consumidores de energía eléctrica conectados en baja tensión cuya potencia contratada sea inferior o igual a 15 KW. Se adelanta así el calendario del suministro de último recurso y se reduce el límite de potencia establecido en la Ley del Sector Eléctrico.

La comercialización de último recurso la llevarán a cabo los comercializadores de último recurso. Se trata de una actividad libre en la que se añade la obligación de suministro a determinados consumidores de baja tensión a un precio máximo. Sobre estos precios máximos, los propios comercializadores de último recurso, así como el resto de comercializadores libres, podrán ofrecer descuentos a los clientes.

El borrador de real decreto propone la designación como comercializadores de último recurso a aquellas empresas con medios técnicos suficientes para poder garantizar el suministro y la atención a estos clientes. Estos comercializadores deberán llevar a cabo la actividad con separación de cuentas, diferenciándola de la actividad de comercialización sin obligaciones.

Hasta la implantación de la TUR se establece un periodo de seis meses, desde el 1 de enero de 2009, durante el cual se mantiene el actual suministro a tarifa por parte de las empresas distribuidoras.

A partir del 1 de julio de 2009, los consumidores a quienes sea de aplicación el suministro de último recurso deberán optar por la comercializadora que desean que les pase a suministrar, ya sea libre o de último recurso.

Con objeto de que el traspaso al suministro de último recurso sea compatible con el fomento de la competencia, durante el período transitorio, las empresas distribuidoras tendrán la obligación de informar al consumidor del listado de empresas comercializadoras de último recurso disponibles, incluyendo tanto las de su grupo empresarial como las de los competidores. También se fija la obligación a la CNE de que publique dicho listado en su página web.

Igualmente, se propone la metodología de cálculo y revisión de las tarifas de último recurso. Dado que estas tarifas son precios máximos a aplicar por el comercializador de último recurso, que realiza una actividad libre, se asegurará que estos precios incluyen todos los costes. Así, de acuerdo con el artículo 17 de la Ley del Sector Eléctrico, el cálculo de la tarifa de último recurso deberá incluir el coste de la energía, los peajes de acceso y el margen comercial.

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio deberá fijar su estructura así como el mecanismo de cálculo del coste de la energía a incluir en las mismas. Para asegurar su aditividad a lo largo del año, la norma establece la obligación de revisarlas trimestralmente recogiendo las variaciones del coste de la energía.

(Fuente: Ministerio de Industria)

El Gobierno dejará sin tarifa eléctrica a 600.000 pymes a partir de julio

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El Ministerio de Industria tiene preparados los textos legales que regularán la tarifa eléctrica de último recurso (TUR), la única que permite la directiva comunitaria del sector, que fue transpuesta a la ley española en julio de 2007. En el caso del España, el Gobierno ha optado por mantener el paraguas protector de la tarifa (mediante la fijación de un precio máximo trimestral) sólo para los consumidores con potencia inferior a 15 kW, lo que dejará fuera a algo más de 600.000 pymes que están conectadas en baja tensión pero con una potencia superior a dicho límite.

Teniendo en cuenta que la desaparición de la tarifa de la gran industria el pasado mes de julio ha provocado serios estragos (según las compañías asociadas a AEGE el precio de la electricidad se les ha encarecido más de un 50%), todo apunta a que la nueva medida que va a afectar a las pymes será también contestada por las afectadas.

Esta limitación supone que, aunque el número de pequeños consumidores ronda los 25 millones (medido en puntos de suministro), sólo van a permanecer en la llamada TUR el equivalente a un 30% del consumo. De esta manera, el Gobierno podrá frenar la acumulación de déficit de tarifa (a menos tarifa, menos déficit), que ya supera los 14.000 millones de euros.

Según la propuesta de real decreto que regula la puesta en marcha del suministro de último recurso, éste 'dejará de formar parte de la actividad de distribución', según exige la directiva comunitaria. Esta actividad la ejercerán en solitario los llamados comercializadores de último recurso 'en libre competencia'. Algo que sorprende si se tiene en cuenta que, según la propuesta normativa, sólo podrán desempeñar esta función las cinco empresas que integran Unesa: Endesa, Iberdrola, Hidrocantábrico, Unión Fenosa y Eon-Viesgo. En Canarias y Baleares, la lista, que en todos los casos se revisará cada cuatro años, se limita a Endesa.

En definitiva, a partir de julio, los consumidores podrán elegir comercializador a tarifa (y no podrán cambiarse en un año), pero dentro de esta lista limitada de los cinco grandes. El comercializador de estos grupos debe mantener las cuentas separadas. El real decreto, que va acompañado de una orden ministerial que regula el traspaso de los clientes de la actual tarifa a la TUR, incluye la metodología de cálculo para revisar de forma automática el precio máximo cada trimestre. En este cálculo se sumarán los costes de producción de electricidad; los peajes de acceso a las redes que correspondan y los costes de comercialización.

Los comercializadores independientes, como Céntrica o Nexus Energía, han recibido con satisfacción que el Gobierno haya reducido el límite de potencia a 15 kW, pues se amplía así el mercado libre en el que operan. Existía el temor de que el Gobierno aplicara el criterio de empleados o facturación (50 empleados y 10 millones de euros anuales) de las pymes con derecho a tarifa que permite la directiva comunitaria.

Sin embargo, estas empresas tienen dudas de si el techo de esta tarifa les permitirá competir. Para Jordi Sarrias, director general de Nexus, 'las TUR no deberían ser deficitarias', por lo que 'los consumidores deberán pagar lo que verdaderamente cuesta el suministro'.

Por su parte, Alfredo Huertas, director de regulación de Céntrica, considera que si no se aplica la aditividad que establece la ley, 'los comercializadores independientes, que son los que dinamizan el mercado, permanecerán 'con el freno echado'. Se debe evitar, en su opinión, las subvenciones, pues les hará creer 'que la tarifa no se jubila, sino que pasa a la reserva activa y que, por tanto, pueden volver en cualquier momento en su versión anticompetitiva'.

(Carmen Monforte - www.cincodias.com - 17/11/2008)

Novedades mercado eléctrico 2009

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Desaparición de tarifas generales reguladas el 1 de enero

Según las últimas noticias a las que he tenido acceso desde Madrid, se habla de una prorroga del mercado regulado en baja tensión hasta el 1 de abril de 2009, es decir, una prorroga de 3 meses sobre la fecha fin establecida para el fin de las tarifas generales reguladas tal como se estableció en la LEY 17/2007 de 4 de julio.
A cambio, se va a proponer que a partir del 1 de enero de 2010, tan sólo podrán permanecer acogidos a las tarifas de último recurso (T.U.R.) los suministros de baja tensión con una potencia igual o menos a 15 kW (antes era hasta 50 KW) es decir, sólo suministros domésticos.

Resumiendo: se amplian 3 meses el plazo para buscar comercializador en mercado libre eléctrico pero se acortan drásticamente los plazos para permanecer en la tarifa de último recurso



Nuevas tarifas

Si el mercado regulado de baja tensión se prorroga hasta abril de 2009, implica que habrá revisión de precios a partir del 1 de enero de 2009. Según la misma fuente, se prevé mantener las tarifas actuales durante el primer trimestre de 2009, a costa de eliminar del precio regulado cargas como la moratoria nuclear o los derechos de emisión (que se recuperarían por otro lado). De esta forma se cubriría de sobra el déficit tarifario (el gobierno no tiene dinero ni crédito bancario para pagar lo que debe a las energéticas por este deficit) y se cubre políticamente las espaldas manteniendo los precios en época de crisis para contento del ciudadano. Jugada redonda.

La Comisión Nacional de la Energía propone una subida de la tarifa eléctrica del 31%

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El Consejo de la Comisión Nacional de la Energía (CNE) ha aprobado su propuesta de revisión de tarifas eléctricas para el primer trimestre de 2009 en la que propone una subida media de las tarifas integrales, las que usan principalmente los consumidores domésticos, del 31%, informó el organismo.

El organismo recomienda que las tarifas de acceso, las que tienen los consumidores que se abastecen mediante un comercializador en el mercado libre, se incrementen entre un 62,8 por ciento (alta tensión) y un 93,2 por ciento (baja tensión).

La CNE explica que sus cálculos sobre las subidas se han basado en los principios de aditividad y suficiencia para que las nuevas tarifas reflejen todos los costes del sistema y no generen el denominado déficit tarifario.